|
A
r g e n t i n a
21.
REGULACION SOBRE DISTRIBUCION DE DIARIOS, LIBROS, REVISTAS E IMPRESOS
El
Poder Ejecutivo sancionó a principios de 1999 el régimen de desregulación
al proceso de comercialización de diarios y revistas. Por la Resolución
416 de 1999 del Ministerio de Economía fue derogado el sistema anterior
que data de 1945, por medio del cual la distribución recaía solamente
en los miembros del Sindicato de Canillitas. El nuevo régimen desregulatorio,
todavía no completamente en vigencia, permite a los diarios y revistas
utilizar los medios que consideren adecuados para la distribución
de sus productos, incluyendo a los canillitas o voceadores.
El
régimen anterior imponía a las empresas periodísticas la obligación
de recibir en devolución los ejemplares no vendidos y, en su caso,
de reintegrar a los distribuidores y vendedores los importes que
hubieran percibido por esos ejemplares; se reconocía a los vendedores
el derecho a la estabilidad de su lugar de venta reconocido por
el Ministerio de Trabajo; y se facultaba a ese Ministerio a establecer
los días en que no habría venta de diarios y revistas.
Página principal I notas
Preguntas
ó Comentarios? escríbanos
© 1999 Sociedad
Interamericana de Prensa. Todos los derechos reservados.
|