Reunión de Medio Año





 

A r g e n t i n a

21. REGULACION SOBRE DISTRIBUCION DE DIARIOS, LIBROS, REVISTAS E IMPRESOS

El Poder Ejecutivo sancionó a principios de 1999 el régimen de desregulación al proceso de comercialización de diarios y revistas. Por la Resolución 416 de 1999 del Ministerio de Economía fue derogado el sistema anterior que data de 1945, por medio del cual la distribución recaía solamente en los miembros del Sindicato de Canillitas. El nuevo régimen desregulatorio, todavía no completamente en vigencia, permite a los diarios y revistas utilizar los medios que consideren adecuados para la distribución de sus productos, incluyendo a los canillitas o voceadores.

El régimen anterior imponía a las empresas periodísticas la obligación de recibir en devolución los ejemplares no vendidos y, en su caso, de reintegrar a los distribuidores y vendedores los importes que hubieran percibido por esos ejemplares; se reconocía a los vendedores el derecho a la estabilidad de su lugar de venta reconocido por el Ministerio de Trabajo; y se facultaba a ese Ministerio a establecer los días en que no habría venta de diarios y revistas.

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