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C
a n a d a
1.
MARCO CONSTITUCIONAL
Bajo
la Ley Constitucional de 1982, la Carta de Derechos y Libertades
de Canadá (?la Carta?) dispone la protección constitucional de la
libertad de expresión y la libertad de prensa: ?sujeta a límites
razonables establecidos por ley, según se pueda demostrar justificadamente
en una sociedad libre y democrática?. Específicamente, la sección
2(b) de la Carta garantiza que todos gozan de las siguientes libertades
fundamentales: ?libertad de conciencia y de religión, libertad de
pensamiento, credo, opinión y expresión, incluyendo la libertad
de prensa y de otros medios de comunicación.?
Toda
acción del gobierno que limite la expresión viola el derecho constitucional,
pero cuando intereses importantes compiten con este derecho, los
tribunales deberán determinar si se justifica la limitación del
derecho. Los tribunales tomarán en cuenta la importancia de los
intereses en conflicto, el grado en el cual la medida violatoria
sirve a dichos intereses y si es que existe algún otro medio que
sirva a los intereses en conflicto, menos restrictivo a la libertad
de expresión.
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