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C
o l o m b i a
1.
MARCO CONSTITUCIONAL
La
Constitución de 1991 introdujo cambios importantes en materia de
los derechos fundamentales. Estableció el derecho a la información,
el derecho de rectificación, el derecho a la honra, la libertad
de fundar medios de comunicación y la prohibición de la censura,
entre otros.
Art.
15: ?Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y
familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos
respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y
rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en
bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
En
la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán
la libertad y demás garantías consagradas en la constitución. La
correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables.
Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden Judicial,
en los casos y con las formalidades que establezca la ley.
Para
efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección,
vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación
de libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos
que señale la ley?.
Art.
16: ?Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de sus
personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos
de los demás y el orden jurídico?.
Art.
20: ?Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir
su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información
veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Estos
son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho
a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura?.
Art.
21 ?Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma
de su protección?.
Art.
73: ?La actividad periodística gozará de protección para garantizar
su libertad e independencia profesional?.
Art.
74: ?Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos
públicos salvo los casos que establezca la ley. El secreto profesional
es inviolable?.
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