Reunión de Medio Año





 

C o l o m b i a

12. SECRETO PROFESIONAL O PROTECCION DE FUENTES

La garantía de inviolabilidad del secreto profesional se encuentra en el Inc. 2 del Art. 74 de la Constitución Nacional, referida a todas las profesiones, dentro de las cuales se debe incluir al periodismo. El citado artículo habla del secreto profesional y su condición de inviolable.

El Art. 73 de la Carta dispone: ?La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional?.      

 

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