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C
o l o m b i a
12.
SECRETO PROFESIONAL O PROTECCION DE FUENTES
La
garantía de inviolabilidad del secreto profesional se encuentra
en el Inc. 2 del Art. 74 de la Constitución Nacional, referida a
todas las profesiones, dentro de las cuales se debe incluir al periodismo.
El citado artículo habla del secreto profesional y su condición
de inviolable.
El
Art. 73 de la Carta dispone: ?La actividad periodística gozará de
protección para garantizar su libertad e independencia profesional?.
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