Reunión de Medio Año





 

C o l o m b i a

16. DERECHOS DE AUTOR

La Ley 44 de 1993, sobre derechos de autor, derogó las disposiciones sobre sanciones establecidas en la Ley 23 de 1982, al establecer prisión de dos a cinco años y multa de cinco a veinte salarios mínimos mensuales y de uno a cuatro años y multas de tres a diez salarios mínimos mensuales, a quien cometa alguna de las faltas señaladas en los Arts. 51 y 52, y que atentan contra la propiedad intelectual reconocida por la Ley 23 de 1982. Todas las conductas señaladas en las normas citadas tocan con la reproducción no autorizada de obras o partes de obras protegidas.

La Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor, e incluso la decisión 351 del Acuerdo de Cartagena, establecen aquellos eventos en que los diarios o medios de comunicación pueden reproducir sin necesidad de autorización de su titular, fotografías, noticias, obras etc. y que tengan que ver con acontecimientos de interés general, cultural o científico.

La propiedad intelectual constituye el género y los derechos de autor una subespecie, junto con la regulación de marcas.

 

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