Reunión de Medio Año





 

C o s t a  R i c a

1. MARCO CONSTITUCIONAL

La Constitución Política emitida en 1949, establece en su Art. 29: ?Todos pueden comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura; pero serán responsables de los abusos que comentan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca.?

Por ?abusos? se refiere exclusivamente a los delitos contra el Honor.

El Art. 28 señala: Nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones ni por acto alguno que no infrinja la ley.

Las acciones privadas que no dañen la moral o el orden públicos. a que no perjudiquen a tercero, están fuera de la acción de la ley.?

 

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