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C
o s t a R i c a
19.
REGULACION ANTIMONOPOLICA EN EMPRESAS PERIODISTICAS
Unicamente
existe un principio general de la Constitución, en su Art. 46, que
prohibe los monopolios de carácter particular y cualquier acto,
aunque fuere originado en una ley, que amenace o restrinja la libertad
de comercio, agricultura e industria.
Es
de interés público la acción del Estado para impedir toda práctica
o tendencia monopolizadora.
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