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C
u b a
1.
MARCO CONSTITUCIONAL
El
Partido Comunista tiene un derecho anterior y superior al del ciudadano
como emisor de la información. Los derechos civiles y políticos
del ciudadano están subordinados a los fines de la sociedad socialista
y determinados por las condiciones materiales. No son inherentes
a la persona, ni al ciudadano.
El
Art. 53 de la Constitución de la República de 1976 reconoce la libertad
de expresión de la prensa, condicionada a los fines de la sociedad
socialista. El Art. 62 de la Constitución la limita aún más y el
Art. 5 coloca al Partido sobre la sociedad y sobre el Estado para
que oriente y organice todos los esfuerzos comunes que se realicen
en la prosecución del bienestar de la sociedad.
No
existe ley alguna que establezca o prohiba la censura. El papel
de censor de la información lo ejerce el Departamento de Orientación
Revolucionaria (DOR) subordinado a la Secretaría Ideológica del
Buró Político del Partido Comunista (PCC). Este Departamento fue
creado a mediados de la década de 1960 - entonces con el nombre
de Comisión de Orientación Revolucionaria (COR) y se encarga de
las labores de propaganda e ideología del gobierno y diseña y ejecuta
la política oficial para los medios de comunicación.
El
periodista que se aparte de la línea oficial, puede ser expulsado
de su centro de trabajo y hasta encarcelado. Juan Orlando Pérez,
del semanario capitalino Tribuna de La Habana, fue despedido
apenas 48 horas después de la edición del 22 de diciembre de 1995,
en la que apareció su artículo ¿Quién dijo que usted tenía que dar
dinero para los Cuadernos Martianos?, el cual fue desaprobado por
el COR. También se destituyó de su cargo al director de ese medio
informativo, Angel Zúñiga Suárez; a la subdirectora, Argentina Jiménez
Rodríguez, y a la jefa de redacción, María Elena Pacheco.
El
control del Estado sobre la información y la expresión de las ideas,
contrasta con el nivel de instrucción alcanzado. En el país se tiene
derecho a la instrucción pero no a la información.
A
raíz de los cambios políticos en los países ex socialistas, entre
los periodistas cubanos comenzó el debate sobre la necesidad de
replantearse la política informativa. Cuando aparecieron en la prensa
las primeras críticas señalando la responsabilidad de las instituciones
nacionales en el desorden económico y social del país, se redujo
la cantidad y frecuencia de las publicaciones periódicas, se limitó
el papel a las autorizadas y fueron reubicados los periodistas considerados
?conflictivos? en otras actividades, o simplemente se les envió
a sus casas. Además, se revocó la invitación permanente a las sesiones
del Consejo de Ministros al presidente de la Unión de Periodistas
de Cuba (UPEC) para evitar cualquier filtración de información sobre
los problemas de la realidad nacional.
Durante
el V Congreso de la UPEC celebrado en octubre de 1986, fue incluido
en el tema central del cónclave ?la autocensura de los periodistas
a la hora de materializar el trabajo informativo?. En el documento
se establece como origen de esta autocensura ?la influencia de la
situación objetiva de aislamiento, hostilidad, agresión y bloqueo
permanente a que se ha visto sometida Cuba desde el triunfo de la
Revolución. La discreción fue ?y todavía puede serlo- un arma en
la defensa de nuestros intereses y para la seguridad del país?,
dice el documento.
La
libertad de prensa está reconocida como un derecho en la Constitución
de la República ? aunque de manera condicionada -, pero no está
garantizada como un desarrollo propio de la libertad de expresión
e información. El periodista no tiene libertad e independencia frente
al Gobierno, al Partido Comunista, a la Revolución y al Estado,
siendo éste último el único propietario de los medios de producción.
El periodista ejerce su profesión sin protección para su conciencia.
La
política oficial del Partido y del Gobierno con relación a la prensa
y los límites dentro de los cuales ésta puede ejercer sus libertades,
está expresada en la siguiente declaración:
?La
función crítica de la prensa como ?cuarto poder? no es necesaria
para la democracia revolucionaria cubana?. (Palabras de Fidel Castro
ante el Segundo Pleno del Comité Central del Partido Comunista de
Cuba, publicado en Cuba Socialista (La Habana) 6 (23), septiembre-octubre
de 1986. Reproducido en Rectificación. Fidel Castro sobre
el proceso de rectificación en Cuba (1986-1990). Selección Temática.
Colección Verde Olivo. Editora Política. La Habana, 1990. Pp 71-75.)
Ya
desde el Proyecto del Programa del VI Congreso del Partido Comunista
de Cuba, en 1997, se expresaba que los medios de difusión masiva,
así como las instituciones educativas y culturales, tienen ante
sí el mayor reto; garantizar la continuidad de las ideas y valores
socialistas, patrióticos, antiimperialistas, de la Revolución misma,
en las futuras generaciones de cubanos?.
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