|
C
u b a
16.
DERECHOS DE AUTOR
Las
leyes protegen la propiedad que tiene todo autor sobre la obra que
sea el resultado de su propia creación intelectual. Aunque una de
las últimas versiones de esta ley había sido aprobada en enero de
1978, aquella solamente contemplaba las obras artísticas e invenciones
técnicas, pero no la actividad de carácter periodístico.
Como
resultado de los debates llevados a cabo durante el Cuarto Congreso
de la UPEC, celebrado en marzo de 1980, el Comité Estatal de Trabajo
y Seguridad Social (CETSS) emitió una resolución, ese mismo año,
en la que se estableció la propiedad intelectual de las obras periodísticas.
Página
principal
Preguntas
ó Comentarios? escríbanos
© 1999 Sociedad
Interamericana de Prensa. Todos los derechos reservados.
|