Reunión de Medio Año





 

E c u a d o r

8. DERECHO A LA HONRA, A LA INTIMIDAD, A LA PROPIA IMAGEN

La nueva Constitución prevé la protección a la honra, la buena reputación y la intimidad personal y familiar en su Art. 23 numeral 8.

El Art. 2.258 del Código Civil dispone: ?Las imputaciones injuriosas contra la honra o el crédito de una persona dan el derecho para demandar indemnización pecuniaria, no sólo si se prueba daño emergente o lucro cesante sino también perjuicio moral.

 

Página principal


Preguntas ó Comentarios? escríbanos

© 1999 Sociedad Interamericana de Prensa. Todos los derechos reservados.



Búsqueda
  Búsqueda por clave

Reportes por País

  Argentina

  Bolivia
  Brasil
  Canada
  Chile
  Colombia
  Costa Rica
  Cuba
  Dominican Republic
  Ecuador
  El Salvador
  Guatemala
  Haiti
  Honduras
  Jamaica
  Mexico
  Nicaragua
  Panama
  Paraguay
  Peru
  Puerto Rico
  United States
  Uruguay
  Venezuela