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E
c u a d o r
9.
OTRAS RESTRICCIONES A LA INFORMACION
El
Código de Menores señala en el Art. 33: ?El Estado garantiza el
derecho de los menores al acceso a una información adecuada y que
respete Ia cultura del menor. Para hacer efectivo este derecho es
atribución del Estado:
Requerir
a los medios de comunicación Ia producción y difusión de programas
acordes con las necesidades lingüísticas del menor perteneciente
a los diversos grupos étnicos?.
Art.
200: ?Se prohibe a los medios de comunicación social la publicación
o difusión de noticias relacionadas con menores en las que se atente
contra su honra, vida privada o familia.
En
la transmisión o publicación de los hechos delictivos en los que
aparezca involucrado un menor, como autor, participe, testigo o
víctima de los mismos, no se le podrá entrevistar ni dar su nombre,
ni divulgar datos que lo identifiquen o puedan conducir a su identificación?.
La
Ley de Elecciones del 15 de enero de 1987, en el Art. 104 ordena:
?Se garantiza la propaganda electoral que realicen los partidos
políticos que fueren reconocidos legalmente, siempre que no contravengan
el orden público y las buenas costumbres, de conformidad con la
Ley?...
Art.
105: ?Con el propósito de que en las elecciones los partidos y las
alianzas electorales que intervengan dispongan de iguales oportunidades
para la promoción de sus candidaturas, se establece el control de
propaganda electoral a través de los espacios y de los tiempos que
usen en la prensa, la televisión y la radio?.
Art.
106: ?La propaganda electoral estará limitada, para cada partido
político y alianza electoral, a no más de media página por edición
o su equivalente en número de pulgada-columna, computada en todos
los diarios de circulación nacional; a diez minutos diarios de televisión
computada en todos los canales de televisión de emisión nacional
o regional; a veinte minutos diarios para cada emisora de ámbito
nacional y a diez minutos diarios cada emisora de influencia local.
Dentro de estos límites cada partido político podrá distribuir su
tiempo y espacio de publicidad electoral de acuerdo con su mejor
criterio?.
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