Reunión de Medio Año





 

M e x i c o

11. DESACATO O INSULTO A FUNCIONARIOS

La legislación penal ordinaria contempla el tipo penal de desacato:

Art. 189: ?Al que corneta un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido?.

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