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M
e x i c o
11.
DESACATO O INSULTO A FUNCIONARIOS
La
legislación penal ordinaria contempla el tipo penal de desacato:
Art.
189: ?Al que corneta un delito en contra de un servidor público
o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones
o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión,
además de la que le corresponda por el delito cometido?.
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