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M
e x i c o
4.
STATUS DE TRATADOS INTERNACIONALES EN LA LEGISLACION NACIONAL
La
Constitución Política contempla lo siguiente:
Art.
133: ?Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que
emanan de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la
misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República,
con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes,
tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber
en las Constituciones o leyes de los Estados?.
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