Reunión de Medio Año





 

N i c a r a g u a

10. DERECHO DE RECTIFICACION O RESPUESTA

No existe ley al respecto pero se aplica al efecto los principios fundamentales de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) Arts. 12,13, 14 de dicha convención, la cual se incorporó a la parte dogmática o de derechos y garantías de nuestra Constitución Política en su Art. 46.

En la reforma constitucional con vigencia a partir del 4 de julio de 1995, se incorporó el derecho de ?aclaración?.

El párrafo señala: ?Los nicaragüenses tienen derecho de acceso a los medios de comunicación social y al ejercicio de aclaración cuando sean afectados en sus derechos y garantías?.

Falta reglamentar este derecho y por ello no tiene aplicación.

 

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