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N
i c a r a g u a
3.
LEYES DE RADIO Y TELEVISION Y EL CONTENIDO DE LA INFORMACION
La
Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales de 1994,
sancionada mediante el Decreto 200 y su Reglamento Decreto 19 de
1996, establece pocas restricciones al contenido de la información,
y exige que la información emitida no sea contraria a las buenas
costumbres o valores morales. Establece condiciones técnicas para
el otorgamiento de concesiones y licencias de explotación. El Reglamento
establece la inviolabilidad de las comunicaciones al señalar sanciones
para quienes intercepten, impidan o publiquen el contenido de las
comunicaciones privadas (Arts. 9 y 10).
Establece
que la explotación de los medios de radio y televisión se harán
a través de concesiones. Se harán en condiciones de equidad respondiendo
a las condiciones técnicas ofrecidas por el oferente.
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