Reunión de Medio Año





 

N i c a r a g u a

3. LEYES DE RADIO Y TELEVISION Y EL CONTENIDO DE LA INFORMACION

La Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales de 1994, sancionada mediante el Decreto 200 y su Reglamento Decreto 19 de 1996, establece pocas restricciones al contenido de la información, y exige que la información emitida no sea contraria a las buenas costumbres o valores morales. Establece condiciones técnicas para el otorgamiento de concesiones y licencias de explotación. El Reglamento establece la inviolabilidad de las comunicaciones al señalar sanciones para quienes intercepten, impidan o publiquen el contenido de las comunicaciones privadas (Arts. 9 y 10).

Establece que la explotación de los medios de radio y televisión se harán a través de concesiones. Se harán en condiciones de equidad respondiendo a las condiciones técnicas ofrecidas por el oferente.

 

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