Reunión de Medio Año





 

P a n a m a

16. DERECHOS DE AUTOR

La Ley de Derecho de Autor establece algunas reglas con respecto al derecho de autor en las publicaciones en los periódicos y revistas.

Art. 23: ?Salvo pacto en contrario, la cesión de artículos para periódicos, revistas u otros medios de comunicación social, solo confiere al editor o propietario de la publicación el derecho de insertarlo por una (1) vez, quedando a salvo los demás derechos patrimoniales del cedente?.

Art. 50: ?Son lícitas también, sin autorización ni remuneración, siempre que se indique el nombre del autor y la fuente:

1.    La reproducción y distribución por la prensa, o la transmisión por cualquier medio, de artículos de actualidad sobre cuestiones económicas, sociales, artísticas, políticas o religiosas, publicados en medios de comunicación social, siempre que la reproducción a transmisión no hayan sido reservadas expresamente.

2.    La difusión de informaciones relativas a acontecimientos de actualidad, por medios sonoros o audiovisuales, de imágenes o sonidos de las obras vistas u oídos en el curso de tales acontecimientos, en la medida justificada para fines de la información.

3.    La difusión por la prensa o la transmisión por cualquier medio, a titulo de información de actualidad, de los discursos, disertaciones, alocuciones, sermones y otras obras de carácter similar pronunciados en publico y de los discursos pronunciados durante actuaciones judiciales, cuando se justifiquen los fines de información que se persigan, y sin perjuicio del derecho que conservan los autores de las obras difundidas para publicarlas individualmente o en forma de colección.

 

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