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P
a r a g u a y
11.
DESACATO O INSULTO A FUNCIONARIOS
Con
el nuevo Código Penal de 1997, desaparece la figura del desacato.
Sin
embargo, el Código Penal vigente hasta octubre de 1998 contiene
la figura del desacato en su Art. 160 (1) sancionando la conducta
de quien provoque, desafíe o injurie a un funcionario público, en
presencia de éste, con la pena de hasta de tres meses de penitenciaría.
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