Reunión de Medio Año





 

P a r a g u a y

4. STATUS DE TRATADOS INTERNACIONALES EN LA LEGISLACION NACIONAL

Los tratados internacionales, ratificados por el Congreso Nacional, se encuentran ubicados inmediatamente después de la Constitución y, tienen preferencia sobre las demás leyes nacionales.

Sobre este tema, el Art. 137 (párrafo primero) de la Constitución Nacional señala: ?La ley suprema de la República es la Constitución. Esta, los tratados, convenios y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por el Congreso y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía, sancionadas en consecuencia, integran el derecho positivo nacional en el orden de prelación enunciado?.

 

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