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P
a r a g u a y
6.
COLEGIACION Y EXIGENCIA DE TITULO UNIVERSITARIO
No
existe colegiación obligatoria ni exigencia de título universitario.
El
Art. 29, de la Constitución Nacional, dice: ?El ejercicio del periodismo,
en cualquiera de sus formas, es libre y no está sujeto a autorización
previa?.
La
colegiación está prevista en la Constitución Nacional, en el Art.
42 de la libertad de asociación, cuyo texto expresa: ?Toda persona
es libre de asociarse o agremiarse con fines lícitos, así como nadie
está obligado a pertenecer a determinada asociación. La forma de
colegiación profesional será reglamentada por ley. Están prohibidas
las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar?.
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