Reunión de Medio Año





 

P a r a g u a y

8. DERECHO A LA HONRA, A LA INTIMIDAD, A LA PROPIA IMAGEN

Los derechos a la honra y a la intimidad están garantizados en la Constitución Nacional de 1992, en el Art. 33, Del Derecho a la Intimidad cuyo texto expresa: ?La intimidad personal y familiar, así como el respeto a la vida privada, son inviolables. La conducta de las personas, en tanto no afecte al orden público establecido en la ley o a los derechos de terceros, está exenta de la autoridad pública. Se garantizan el derecho a la protección de la intimidad, de la dignidad y de la imagen privada de las personas?.

El Art. 25 sobre la expresión de la personalidad, estatuye: Toda persona tiene el derecho a la libre expresión de su personalidad, a la creatividad y a la formación de su propia identidad e imagen. Se garantiza el pluralismo ideológico?.

 

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