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P
a r a g u a y
8.
DERECHO A LA HONRA, A LA INTIMIDAD, A LA PROPIA IMAGEN
Los
derechos a la honra y a la intimidad están garantizados en la Constitución
Nacional de 1992, en el Art. 33, Del Derecho a la Intimidad cuyo
texto expresa: ?La intimidad personal y familiar, así como el respeto
a la vida privada, son inviolables. La conducta de las personas,
en tanto no afecte al orden público establecido en la ley o a los
derechos de terceros, está exenta de la autoridad pública. Se garantizan
el derecho a la protección de la intimidad, de la dignidad y de
la imagen privada de las personas?.
El
Art. 25 sobre la expresión de la personalidad, estatuye: Toda persona
tiene el derecho a la libre expresión de su personalidad, a la creatividad
y a la formación de su propia identidad e imagen. Se garantiza el
pluralismo ideológico?.
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