Reunión de Medio Año





 

P u e r t o  R i c o

11. DESACATO O INSULTO A FUNCIONARIOS

El desacato se presenta de dos maneras bajo la legislación vigente. La primera como una desobediencia a un juez en un tribunal de justicia de conformidad con el Art. 235 del Código Penal. También este delito comprende la perturbación del orden dentro del tribunal, la resistencia ilegal a prestar el juramento o cumplir como testigo, etc. En su segunda forma se halla la injuria de las órdenes o actuaciones del juez. También se incluye dentro de éste último, la publicación de un informe falso o groseramente inexacto de procedimientos judiciales o quasi-judiciales (Art. 245). Se puede castigar al responsable de dicha conducta con hasta treinta días de prisión y una multa. El desacato se podrá cometer fuera de la presencia del juez o lejos del tribunal.

 

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