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U
r u g u a y
2.
LEYES ESPECIFICAS DE PRENSA
La
ley específica sobre la prensa es la Ley 16.099 del 3 de noviembre
de 1989, denominada ?Comunicaciones e Informaciones?.
La
misma consta de seis capítulos y 38 artículos. Legisla sobre libertades
de prensa y de imprenta; derecho de respuesta; delitos de infracciones
cometidos por la prensa u otros medios de comunicación y procedimientos.
Según
el Art. 1 es enteramente libre en toda materia, la expresión y comunicación
de pensamientos y opiniones y la difusión de informaciones mediante
la palabra, el escrito ola imagen, por cualquier medio de comunicación,
dentro de los limites consagrados por la Constitución de la República
y la ley. Esta comprende la de fundar medios de comunicación.
Se
prohibe la previa autorización, censura, garantía o deposito pecuniario
para ejercer dicha libertad con base en el Art. 2.
Mediante
la Ley 16.154 del 23 de octubre de 1990 se reguló sobre el Día del
Periodista: ?Establécese el 23 de octubre de cada año como Día del
Periodista, el que se declara feriado no laborable para los mismos,
con derecho a percibir la remuneración habitual?.
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