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V
e n e z u e l a
10.
DERECHO DE RECTIFICACION O RESPUESTA
La
ley de Ejercicio del Periodismo en su Capítulo I (Art. 9) prevé
la obligatoriedad de rectificar oportuna y eficientemente toda tergiversación
o ausencia de veracidad en la información; también prevé la obligación
de la empresa de dar cabida a la rectificación o a la aclaratoria
que formule el afectado.
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