Reunión de Medio Año





 

V e n e z u e l a

13. CLAUSULA DE CONCIENCIA

No existe en las leyes venezolanas una cláusula de conciencia como tal pero existe la objeción en conciencia prevista en la Constitución. Según el Artículo 61 de la Constitución toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia y a manifestarla, salvo que su práctica afecte su personalidad o constituya delito. Y dicha norma aclara que la objeción en conciencia no puede utilizarse para eludir el cumplimiento de la ley o impedir a otros su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

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