|
60
Asamblea General de la SIP .
Antigua, Guatemala,
22 - 26 de octubre 2004
|
ACCESO A LA INFORMACIÓN
CONSIDERANDO
que en el Parlamento del Paraguay existe un proyecto de ley de acceso a la información
pública y está a punto de ratificar una ley vetada por el Poder
Ejecutivo que dificulta la publicación de las declaraciones juradas de
bienes de los funcionarios públicos
CONSIDERANDO
que en la República Dominicana acaba de dictarse la Ley 200-04 sobre
Libre Acceso a la Información Pública, promulgada por el Poder
Ejecutivo en agosto del año en curso, en cuyo Art. 7 se exige que los
datos se requieran por escrito y que no se establece un plazo para que se expida
el funcionario ante quien pueda apelarse en caso de una primera negativa a suministrar
la información solicitada
CONSIDERANDO
que en Ecuador rige desde el 18 de mayo la Ley Orgánica de Transparencia
y Acceso a la Información Pública y que le corresponde al señor
Presidente de la República expedir el Reglamento a la ley
CONSIDERANDO
que el Senado nacional argentino tiene a su consideración varios proyectos
de ley sobre el libre acceso a la información pública, sobre la
que algunos senadores pretenden extender el derecho a la información
a los archivos periodísticos, las fuentes periodísticas y datos
sobre la organización de los medios de prensa, desconociendo que la medida
debe alcanzar sólo a la información que posee el sector público
CONSIDERANDO
que el principio 3 de la Declaración de Chapultepec establece: “Las
autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de
los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada
por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista
a revelar sus fuentes de información”
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
instar al Poder Ejecutivo
y al Parlamento de Paraguay que las leyes de libre acceso a la información
y de declaración de bienes de funcionarios públicos sean sancionadas
y promulgadas y así se pueda eliminar la cultura del “secreto de
estado”
exhortar a las autoridades
legislativas en República Dominicana a que doten a la Ley 200-04 con
mecanismos eficientes que permitan dar a conocer en forma rápida y oportuna
la información requerida
solicitar el presidente
de Ecuador Lucio Gutiérrez que expida el Reglamento a la Ley de Transparencia
y Acceso a la Información, ajustándose al compromiso con la libertad
de expresión y el derecho del público a la información
instar al titular del Senado
de la Nación, Daniel Osvaldo Scioli, y a la titular de la Comisión
de Asuntos Constitucionales, Cristina Fernández de Kirchner, la pronta
sanción de la ley de acceso a la información pública, de
acuerdo con parámetros contemplados en tratados y documentos internacionales
y expresar la inquietud de esta entidad respecto de las posibles modificaciones
que se puedan introducir a los proyectos legislativos que desvirtuarían
el espíritu de la norma.
|