Reunión de Medio Año





 

 
60 Asamblea General de la SIP .
Antigua, Guatemala,
22 - 26 de octubre 2004


Informes por país

Argentina Aruba Bolivia Brasil Canadá Caribe
Chile Colombia Costa Rica Cuba Ecuador El Salvador
Estados Unidos Guatemala Haití  Honduras  México  Nicaragua
Panamá Paraguay Perú Puerto Rico Rep.Dominicana Uruguay
Venezuela          

ACCESO A LA INFORMACIÓN

CONSIDERANDO
que en el Parlamento del Paraguay existe un proyecto de ley de acceso a la información pública y está a punto de ratificar una ley vetada por el Poder Ejecutivo que dificulta la publicación de las declaraciones juradas de bienes de los funcionarios públicos

CONSIDERANDO
que en la República Dominicana acaba de dictarse la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, promulgada por el Poder Ejecutivo en agosto del año en curso, en cuyo Art. 7 se exige que los datos se requieran por escrito y que no se establece un plazo para que se expida el funcionario ante quien pueda apelarse en caso de una primera negativa a suministrar la información solicitada

CONSIDERANDO
que en Ecuador rige desde el 18 de mayo la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y que le corresponde al señor Presidente de la República expedir el Reglamento a la ley

CONSIDERANDO
que el Senado nacional argentino tiene a su consideración varios proyectos de ley sobre el libre acceso a la información pública, sobre la que algunos senadores pretenden extender el derecho a la información a los archivos periodísticos, las fuentes periodísticas y datos sobre la organización de los medios de prensa, desconociendo que la medida debe alcanzar sólo a la información que posee el sector público
CONSIDERANDO
que el principio 3 de la Declaración de Chapultepec establece: “Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información”

LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE

instar al Poder Ejecutivo y al Parlamento de Paraguay que las leyes de libre acceso a la información y de declaración de bienes de funcionarios públicos sean sancionadas y promulgadas y así se pueda eliminar la cultura del “secreto de estado”

exhortar a las autoridades legislativas en República Dominicana a que doten a la Ley 200-04 con mecanismos eficientes que permitan dar a conocer en forma rápida y oportuna la información requerida

solicitar el presidente de Ecuador Lucio Gutiérrez que expida el Reglamento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, ajustándose al compromiso con la libertad de expresión y el derecho del público a la información

instar al titular del Senado de la Nación, Daniel Osvaldo Scioli, y a la titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Cristina Fernández de Kirchner, la pronta sanción de la ley de acceso a la información pública, de acuerdo con parámetros contemplados en tratados y documentos internacionales y expresar la inquietud de esta entidad respecto de las posibles modificaciones que se puedan introducir a los proyectos legislativos que desvirtuarían el espíritu de la norma.