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REPUBLICA
DOMINICANA
CONSIDERANDO
que el Reglamento
emitido por la Junta Central Electoral dominicana tratando de regular
la publicidad de los partidos políticos para los comicios
de mayo del 2000 violenta el libre ejercicio de la libertad de prensa,
consagrado en la Constitución nacional
CONSIDERANDO
que dicho reglamento
establece incluso las tarifas que deben aplicarse a la publicidad
política con motivo de la campaña electoral
CONSIDERANDO
que la aplicación
de un Reglamento de la Comisión de Espectáculos Públicos
y Radiofonía, una entidad del gobierno, obliga a los comunicadores
sociales a tener una licencia de locutor para trabajar en la radio
y la televisión
CONSIDERANDO
que el principio
1 de la Declaración de Chapultepec establece que el ejercicio
de la libertad de expresión y de prensa no es una concesión
de las autoridades sino un derecho inalienable del pueblo
CONSIDERANDO
que el principio
5 de la Declaración de Chapultepec rechaza la censura previa
y la creación de obstáculos al libre flujo informativo
LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE
instar a la
Junta Central Electoral a derogar el Reglamento puesto en vigencia,
ya que viola en varias de sus partes la Constitución dominicana
en lo relativo a la libertad de prensa y la libertad de empresa
instar al Gobierno
a derogar el Reglamento de su Comisión de Espectáculos
Públicos y Radiofonía de manera que los periodistas
puedan trabajar en programas de radio y televisión sin sujeción
a licencia previa alguna.
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