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Reunión
de Medio Año
San Salvador, Marzo 21-24
El Salvador |
URUGUAY
El último semestre acumula un gran caudal de información relativa
al estado de la libertad de prensa. Se sucedieron hechos contradictorios, algunos
que pautan un avance en el respaldo de esa primera libertad de los seres humanos
y otros que marcan un preocupante y peligroso retroceso que contrasta con lo
ocurrido en los últimos años y con la propia tradición
democrática del país.
En el mes de febrero la Asociación de Diarios y
Periódicos del Uruguay (ADYPU) firmó un nuevo convenio con el
Sindicato de Diarios y Revistas para la distribución de sus publicaciones
que, si bien mantiene el monopolio existente desde hace varias décadas,
constituye un alivio a la difícil situación económica que
enfrentan las publicaciones.
Esta situación monopólica y muy perniciosa
para los intereses de los diarios y revistas había sido denunciada ya
en asambleas de la SIP, pero felizmente se llegó a un acuerdo tras un
año de negociaciones con el Sindicato.
El positivo resultado final no puede ocultar, tal como lo
ha denunciado la ADYPU, un hecho sumamente grave que fue una seria interferencia
del Poder Ejecutivo. Éste obstaculizó las negociaciones paralelas
que la Asociación realizaba con el Correo Nacional en procura de un sistema
alternativo de distribución, ya sea debido al fracaso de las negociaciones
con los vendedores o para la obtención de una fórmula que contemplara
mejor los intereses de las publicaciones.
La intervención sorpresiva del Poder Ejecutivo a cargo de su propio titular
en favor del Sindicato de Vendedores, con cuyos líderes mantuvo varios
contactos, mientras no recibió en ningún momento a dirigentes
de la ADYPU, marcó un hecho sin antecedentes en el país, ciertamente
muy preocupante. La acción presidencial fue reprobada por la mayoría
de las fuerzas políticas, incluso se manejó un eventual juicio
político y por la mayoría de los tres integrantes del directorio
del Correo. Estos dos miembros no pudieron evitar que el organismo cayera en
falta que lo obligaba a pagar una fuerte multa, la que en definitiva no fue
reclamada por la ADYPU en homenaje a la firme y consecuente actitud de esos
miembros del Directorio del Correo.
La crisis de la prensa ha despertado la sensibilidad de
las fuerzas políticas, las cuales han adoptado medidas de carácter
impositivo. El Parlamento ha extendido a toda la prensa un régimen en
materia impositiva y de aportes por seguridad social que regía sólo
para el interior del país. Pero también en este caso aparece un
pero: los efectos de las normas legislativas aprobadas se han demorado en llevarse
a la práctica, debido a que la Dirección General Impositiva, que
depende del Poder Ejecutivo, ha dificultado la reglamentación y aplicación
del nuevo sistema. Esto ha puesto en alerta a los medios.
Tras más de cuatro años de investigaciones
un tribunal penal ha procesado a dos funcionarios por un presunto manejo ilegal
de la publicidad oficial, utilizando criterios discriminatorios alejados del
más mínimo criterio técnico, favoreciendo o castigando
a los medios de comunicación. El Tribunal Judicial que cuenta, además,
con un informe de la Junta anticorrupción, sigue las investigaciones
y está ampliando sus actuaciones. Cabe destacar que esta acción
judicial responde a denuncias de medios uruguayos y a una denuncia formal realizada
por la SIP en cumplimiento de una resolución de su Asamblea realizada
en Houston en 1998.
En materia de publicidad oficial, el actual gobierno, más
allá de los recortes de la inversión publicitaria a que la austeridad
económica obliga, ha corregido prácticas anteriores. Subsisten,
empero, algunos casos aislados amparados en autonomías de algunas instituciones
y falta de transparencia, que no son imputables al gobierno central.
En el campo judicial, hubo varias decisiones judiciales,
vistas fiscales y dictámenes de tribunales de apelación, que han
fortalecido la libertad de prensa.
La Corte Suprema de Justicia ha dado lugar y estudia un recurso de inconstitucionalidad
sobre la aplicación del derecho de respuesta, señalándolo
como una violación a las garantías constitucionales a la libertad
de expresión y a la igualdad entre todos los ciudadanos. Una interpretación
positiva de este recurso, implicaría un paso muy trascendente a escala
continental para la libertad de expresión.
En el plano judicial aparecen algunos hechos negativos y
alarmantes. En un Juzgado de una ciudad del interior del país, un Tribunal
Judicial condenó a siete meses de prisión, dejada en suspenso,
a un periodista radial por denunciar una presunta estafa por el uso del nombre
de una organización filantrópica de notorio interés público
para obtener dineros del público, sin volcar a aquélla beneficios
acordes con lo recaudado o reclamado a los vecinos contribuyentes. La sentencia,
tipificando difamación, pone de manifiesto la aplicación por parte
de la jueza actuante de un criterio muy peligroso que va en contra de la doctrina
internacional más reconocida. Más grave aún es que la misma
jueza previamente les otorgó derecho de respuesta a los demandantes,
obligando incluso al medio radial a pasar dos veces la respuesta. Y peor es
que el fiscal actuante, que pidió la prisión para el periodista,
había archivado dos meses antes una demanda por agresión y hostigamiento
?admitida por el agresor y con testigos? promovida por el periodista contra
la persona que lo demandó. Ha habido también otras sentencias
negativas en materia de derecho de respuesta en casi todos los casos de primera
instancia, fallos que en su mayoría han sido corregidos por los jueces
de apelación.
La amenaza más seria contra la libertad de prensa
proviene de los fiscales del Ministerio Público. Es preciso destacar
que el foro uruguayo se enriquece con impecables vistas y acusaciones fiscales,
que a la vez constituyen un respaldo fundamental para la vigencia de la libertad
de expresión. Pero, al mismo tiempo, es igualmente necesario denunciar
la existencia de una especie de doctrina antiperiodistas y libertad de prensa
que aplican algunos fiscales y que en ciertos casos se ha denunciado como resultante
de la acción del Fiscal General de Corte. En este aspecto ha habido denuncias
públicas, en ámbitos políticos e incluso investigaciones
sobre interferencias fuera de sus atribuciones por parte del Fiscal de Corte.
La que ha provocado gran alarma tiene como punto de partida
un trabajo en materia de libertad de prensa y privacidad del Fiscal de Corte,
Dr. Oscar Darío Peri Valdez. Publicado en una revista dirigida a todos
los fiscales, se espera que sea, según se dice en la publicación,
“una herramienta útil en la actividad jurídica a desarrollar”.
El documento constituye la materialización de una de las doctrinas más
regresivas en materia de libertad de expresión e incluso resucita planteos
del nuevo orden mundial de la información.
Peri Valdez reconoce el derecho a la información
como parte de la libertad de expresión, tal cual lo establecen las convenciones
internacionales, para luego afirmar que se trata de un derecho relativo y negarlo
como derecho individual inherente a la persona humana, además de calificarlo
como un derecho colectivo y social.
Plantea también a los fiscales la necesidad de recurrir
a los códigos de ética ?en el país no existe ningún
código de ética profesional ni oficial? para resolver las cuestiones
relativas al ejercicio del periodismo y pone como uno de los ejemplos el código
de ética que acompaña a la ley de colegiación obligatoria
de Venezuela. Rescata, asimismo, un código internacional de ética
periodística que presenta como de la UNESCO y que se trata exclusivamente
de un documento emanado de una reunión consultiva, realizada en 1983
bajo los auspicios de la organización, de ocho organizaciones internacionales
periodísticas algunas de ellas hoy inexistentes y otras muy poco representativas.
Éstas elaboraron en aquel año un documento, de claro apoyo al
nuevo orden mundial de la información como se establece textualmente.
Con igual línea de razonamiento el Fiscal eleva a
la condición de derecho individual absoluto, lo que no está contemplado
en la Constitución, al derecho a la privacidad para luego, a través
del manejo arbitrario de distintas sentencias y doctrinas dejar planteado para
la información de los fiscales una especie de muro infranqueable en defensa
de la actuación de los gobernantes y funcionarios públicos y,
en esencia, contra la transparencia en la función pública.
La Asociación de la Prensa Uruguaya rechazó
y denunció el hecho ante el Presidente de la República y el ministro
de Educación y Cultura, de los cuales depende funcionalmente el Fiscal;
a la Suprema Corte de Justicia, a las comisiones de Derechos Humanos del Parlamento,
a organismos internacionales y reclamó al Poder Ejecutivo que le solicite
la renuncia al Fiscal. En el documento se rechaza que se adopte una filosofía
similar a la de la dictadura y se critica actuaciones anteriores del Fiscal,
negando al público el acceso a la información y tratando de influenciar
en el cuerpo de Fiscales.
Por último, preocupan a los medios ciertas faltas
de garantías legales para impedir el uso ilegítimo de los materiales
de prensa que son comercializados el mismo día de su aparición
y pocos minutos después de estar en la calle, por empresas que a través
de Internet o sitios web distribuyen sus artículos. Alarma el vacío
legal, preocupa una cierta parsimonia de la Justicia que, sobre la base de convenciones
internacionales, podría igual impedir el uso indebido de esos materiales
y violenta todas las normas en materia de derechos de autor. Más grave
aún es que un gran número de oficinas del Estado esté suscripta
a esos servicios que toman toda la información de los medios de prensa
sin la autorización debida y los comercializan en beneficio propio.
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