Reunión de Medio Año





 

 
60 Asamblea General de la SIP .
Antigua, Guatemala,
22 - 26 de octubre 2004


Informes por país

Argentina Aruba Bolivia Brasil Canadá Caribe
Chile Colombia Costa Rica Cuba Ecuador El Salvador
Estados Unidos Guatemala Haití  Honduras  México  Nicaragua
Panamá Paraguay Perú Puerto Rico Rep.Dominicana Uruguay
Venezuela          

COLOMBIA I

CONSIDERANDO
que la Corte Constitucional reconoció la actividad periodística al declarar exequibles varios artículos del proyecto de ley “por medio de la cual se reconoce legalmente la profesión de comunicador social” y rechazó por inconstitucionales aquellos artículos que podían generar exigencias previas para el ejercicio del oficio

CONSIDERANDO
que el Congreso estudia una reforma al Código Nacional Electoral que resulta restrictiva de la libertad de expresión al prohibir la divulgación de publicidad y encuestas de opinión el día de elecciones

CONSIDERANDO
que el Congreso analiza una reforma al Código del Menor que impone a los medios de comunicación obligaciones en términos de sus contenidos, restableciendo prohibiciones y restricciones

CONSIDERANDO
que el proyecto de Reforma Tributaria introduce nuevamente el impuesto al papel periódico, a los ejemplares, y a libros y revistas de importación, y además grava la publicidad de periódicos pequeños afectando la posibilidad de crear nuevos medios escritos con las graves consecuencias que ello implica

CONSIDERANDO
que otros proyectos que estudia el Congreso como la Creación de un Consejo Rector de la TV, la reforma a la Justicia y el proyecto de Habeas Data, pueden afectar la libertad de prensa

CONSIDERANDO
que el principio 1 de la Declaración de Chapultepec establece: “No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo”

LA ASAMBLEA GENERAL DE LA SIP RESUELVE

reconocer el trabajo coherente de la Corte Constitucional en la protección de los principios fundamentales para el libre ejercicio e independiente de la actividad periodística

exhortar al Congreso de Colombia para que en el trámite y aprobación de leyes se atienda la tradición colombiana de respeto a la libertad de prensa y se garanticen los tratados internacionales y las normas constitucionales.